Empresas y empleados que no pueden seguir trabajando y excepciones, tras el Real Decreto Ley 10/2020

El real decreto-ley 10/2020 se aplica a todas personas trabajadoras por cuenta ajena que presten servicios en empresas o entidades del sector público o privado y cuya actividad no haya sido paralizada como consecuencia de la declaración del estado de alarma establecida por el RD 463/2020.

Quedan exceptuados, las personas trabajadoras que presten servicios en los sectores calificados como esenciales y, además, las de las divisiones o líneas de producción cuya actividad se corresponde con los sectores calificados como esenciales, y que son los que se detallan en esquema adjunto.

Se adjunta el esquema.

Descargar esquema (.pdf)

Alcalde de Aspe                                                                                                                                                          

Antonio Puerto García

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